martes, 18 de octubre de 2011

Fauna silvestre está en peligro de extinción
La fauna silvestre del país se encuentra en peligro de extinción, ya que decenas de quirquinchos, pieles de zorro andino y plumas de cóndores son objeto del comercio insensible de gente inescrupulosa.
Los precios oscilan de acuerdo al tamaño del animal y la ignorancia de los vendedores que transan desde 20 a 80 bolivianos. 
Sin embargo, la fauna silvestre de Bolivia está protegida solamente en papeles.

Aumenta el comercio de la fauna en proceso de extinción



De tu muerte nacerá tu hermosa voz, reza la letra de una canción en honor al quirquincho.
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• La fauna silvestre de Bolivia está protegida solamente en papeles.
Decenas de quirquinchos, pieles de zorro andino y plumas de cóndores son objeto del comercio insensible de gente inescrupulosa que se dedica a comercializar con la fauna silvestre de Bolivia.
Se trata de animales en peligro de extinción, desde los quirquinchos que dejan a los arenales de Oruro aun más desierto, hasta la caza furtiva de cóndores para ser comercializados en la feria 16 de Julio de la ciudad de El Alto y la calle Sagárnaga de La Paz.
Los precios oscilan de acuerdo al tamaño del animal y la ignorancia de los vendedores que la transan desde 20 a 80 bolivianos, son campesinos que desconocen el valor de esta especie apreciada para las etnias de los Uru-Uru y las naciones originarias que aprendieron a convivir en armonía con la naturaleza.
...De tu muerte nacerá tu hermosa voz, reza la letra de una canción en honor al quirquincho; los folkloristas usan el caparazón del animal para la fabricación de charangos y matracas, instrumentos de percusión mientras que las plumas de cóndores son usadas para otros disfraces.
Pese a los esfuerzos de la Sociedad Protectora de Animales y Medio Ambiente (Soprama), la caza de estas especies y otras de gran valor cultural continua; pieles del zorro andino, plumas de cóndores y jucumaris son exhibidos en los puestos de venta de medicina tradicional ante la mirada pasiva de las autoridades que no hacen nada para frenar esta depredación.
PAPELES
No es que Bolivia carezca de disposiciones legales que hace referencia a la protección de la fauna silvestre.
Según la Guía de Categorización de Especies Amenazadas, en el país desde la República se promulgaron leyes referentes a la protección de la fauna silvestre que datan desde 1832 y 1922.
Se conoce más de siete leyes (sin numeración) que prohiben por diversos periodos la caza de la chinchilla y de la vicuña, por citar algunos ejemplos.
Un decreto sin número de 1939 prohibe la caza del perezoso o perico por considerarlo un “insectívoro beneficioso” y de la garza real, otro Decreto Supremo de 1942 crea el Parque Nacional Tuni Condoriri y prohibe la caza del cóndor, venado, vicuña, zorro, vizcacha y otros animales de la región andina.
Entre 1939 y 1968 se promulgaron varios Decretos Supremos relacionados directa o indirectamente con la protección de la vicuña, en 1960 se promulga la primera disposición sobre la exportación de cueros de caimán y lagarto a través del D.S. 5665.
En 1940 y 1970 que, debido a la ambigüedad de las disposiciones y la ausencia de esquemas operativos de represión y control a la caza comercial expoliativa, se intensificó el saqueo de la vida silvestre en nuestro país.
El Decreto Supremo 6883 de 1964 prohibe la caza o captura de varias especies de mamíferos, aves y reptiles por un lapso de tres años, en los departamentos de Chuquisaca, Tarija, Beni, Pando y la provincia Cordillera de Santa Cruz.
Esta disposición, como muchas otras, contiene errores en los nombres científicos y/o vulgares, el Decreto Supremo 8063 de 1967 dicta una serie de normas para el comercio interno de caza y pesca, prohibe la caza de varias especies y la caza en general en las áreas protegidas.
El Decreto Supremo 8367 de 1968 prohibe la cacería de felinos con fines comerciales, además la captura de vicuñas vivas para exportación.
La década de los setenta muestra un ligero cambio hacia una relativamente mayor preocupación por la situación de la vida silvestre, que había sido drásticamente depauperada en los años anteriores.
Por otra parte, las presiones internacionales a partir del convenios suscritos obligan paulatinamente a los gobiernos de Bolivia a ejercer mayor control sobre el comercio de la vida silvestre.
En 1973 se promulga el D.S. 11251, que prohíbe la captura y caza de varias especies de aves amazónicas, indicando periodos de veda; el D.S. 11253 se promulga para proteger al suri o avestruz cordillerano y al pío o avestruz de los llanos.
El D.S. 12195 de 1975 autoriza la exportación de cueros de capiguara y taitetú previo pago de “multas”. En 1976, por medio del D.S. 14229, se autoriza la exportación de 300 pariguanas (flamencos) para investigación y zoológicos.
El D.S. 16605 de junio de 1979 prohibe la caza de varias especies, entre las que se encuentra el jucumari u oso de anteojos.
Una Resolución Ministerial de 1985 declara una veda total por espacio de un año. A través de cinco Resoluciones Ministeriales entre 1986 y 1988 se autoriza la exportación de cueros de caimán y lagartos a empresas o curtiembres.
Otras disposiciones similares (hasta 1989 inclusive) autorizan la exportación de miles de cueros de pecarí. Todas estas acciones estuvieron amparadas por un mal uso de los certificados CITES, lo que condujo a un repudio por parte de la Secretaría del Convenio y un deterioro de la imagen del país.
Gran parte de estas disposiciones ya no se encuentran vigentes, ya sea por caducidad y tiempo transcurrido desde su promulgación, o porque los objetos de éstas han desaparecido, tal es el caso de la chinchilla. Otras han sido progresivamente reemplazadas por nuevas disposiciones contradictorias o complementarias.

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